El hecho de que las informaciones electrónicas puedan ser fácilmente
modificadas hace que sea necesaria la existencia de un sistema en el cual
las partes confíen las informaciones que son compartidas y utilizadas en las
transacciones diarias.
Esta exigencia para la confianza es conocida como No-Repudio en los
mundos legales y cripto-técnicos.
El No-Repudio es importante en el comercio electrónico para prevenir
que las partes integrantes de una transacción puedan refutar o negar una
transacción después de su realización. El primer objetivo de un sistema de
No-Repudio
es probar QUIÉN hizo qué y DÓNDE y mantener las necesarias evidencias de tal
información para resolver eventuales disputas o auditorías.
EL No-Repudio debe ser visto bajo la óptica legal y técnica. Bajo una
perspectiva legal, el No-Repudio es definido por American Bar
Association PKI Assessment Guidelines como siendo "... suficiente evidencia
para persuadir a la autoridad legal (juez, jurado o árbitro) al respecto de
su origen, envío, entrega e integridad, a pesar del intento de negación por
el supuesto responsable del envío".
En términos generales, repudiar algo es negar su existencia y, para tanto,
los servicios de No-Repudio usan los métodos de criptografía que
impiden que un individuo o una entidad nieguen la ejecución de una acción
particular relacionada a los datos (tales como mecanismos para el no-rechazo
de autoridad, ofreciendo prueba del origen; para la prueba de la obligación,
de la intención, o del compromiso; o para la prueba de la posesión).
Bajo una perspectiva técnica, el término No-Repudio es utilizado
dentro de la tecnología de autenticación para describir un servicio que "...
suministra prueba de la integridad y del origen de los datos, ambos a través
de una relación que no sea capaz de ser forjado y que pueda ser verificado
por cualesquiera terceros interesados, en cualquier momento; o ...
[suministra la] garantía elevada..." [de que estos datos son] genuinos, y
que no pueden ser subsiguientemente refutados. (W. Caelli, D. Longley, y M.
Shain, 1991. Information Security Handbook . London: Macmillan)
Los servicios de Cuño de Tiempo (Time Stamping) adicionan un aspecto que los
servicios de No-Repudio no suministran: "... una indicación
criptográfica fuerte y verificable de que una información digital específica
existió en un momento específico del tiempo. Registrar el momento en que una
información digital fue generada les suministra a las partes interesadas una
indicación verificable de cuándo la información digital comenzó a existir
(CUÁNDO). El Cuño de Tiempo de una información firmada digitalmente puede
suministrarles a las partes interesadas informaciones verificables de que la
información digital fue firmada cuando el certificado utilizado para
firmarla era válido, o sea, que la firma fue generada antes de la fecha de
expiración del certificado utilizado para firmar".
Los servicios de Registro de Tiempo suministran, así, la base técnica para
servicios generales de No-Repudio, tanto en el ámbito de la ley, como
en el ámbito de los servicios notariales (p.182 ABA PKI Assessment
Guidelines).
En el Portal QualiSign, al firmar digitalmente los documentos (con
certificado digital), garantiza el No-Repudio de los documentos
registrados en él, manteniendo las necesarias evidencias de tal información
para resolver eventuales disputas o auditorías